Definiendo identidades y derechos
Defining identities and rights
Dr. Lic. Diego Borisonik*
Nuestro ordenamiento jurídico ha ido evolucionando de manera tal que, derechos que durante años fueran negados a las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersex y queer (LGBTIQ), ahora son reconocidos.
Las identidades, en este caso sexuales y genéricas no hegemónicas, se han ido visibilizando, así como también la lucha por el reconocimiento y pleno acceso a los derechos humanos, derecho a la salud, a la educación, al trabajo digno, a la no discriminación, a la identidad, a la libertad, al trato digno e igualitario, etc.
La patologización y criminalización de estas identidades han sido las respuestas que durante siglos han dado tanto la ciencia médica como la jurídica, toda vez que representaban irrupciones que rompían con el sistema biologicísta, binarista y heteronormativo de la época. Es decir, la persecución de ambas ciencias se basaba en intentar estigmatizar lo diferente con el objetivo de dominar el sentir y el ser.
La burguesía produjo un saber sexual que consideró como sana a aquella heterosexualidad controlada. Todo aquel que no encajara en esos parámetros, en este caso sexualmente hablando, sería considerado adicto o criminal. Quien no pudiera lograr el control en la vida sexual tampoco podría hacerlo en el resto de su vida, convirtiéndose en un ser peligroso o enfermo (Di Segni, 2013)1.
Sociedades enteras y Estados determinaron, y aun hoy continúan haciéndolo, las formas de vivir, ser y amar. Imponen normas relativas a la orientación sexual, a la expresión e identidad de género mediante costumbres y leyes. Y muchas veces aceptando la violencia para controlar cómo las personas deben definirse a sí mismas y vivir sus relaciones (Onufer Corrêa & Muntarbhorn, Yoguakarta, 2006)2.
Por ello, decimos que la Argentina ha dado pasos importantísimos en materia legislativa y de políticas públicas de diversidad sexual, que la han colocado a la vanguardia en la temática. La Ley de Matrimonio Igualitario (N° 26.618); la de Salud Mental (N° 26.657); la de Identidad de Género (N° 26.743); la de Reforma y unificación del Código Civil y Comercial (N° 26.994); y las Resoluciones del Ministerio de Salud de la Nación (Nos. 1507, 1508 y 1509), entre otras, han sido parte del plexo normativo que ha posibilitado garantizar el respeto, reconocimiento y protección de los derechos humanos de la población LGBTIQ.
La diversidad se manifiesta ante la variedad cuando se produce una diferencia entre los elementos de un conjunto. En los seres humanos, observamos la diversidad en tanto existen diferentes culturas, lenguas, organizaciones sociales, religiones, genotipos, etc. Todos tenemos una personalidad e identidad únicas. Ningún ser es igual a otro, somos individuos y, por lo tanto, diferentes. La riqueza de la cultura estará dada en el aporte que otorga la diferencia de cada ser (López y Ferrari, 2008)3.
No salirnos del binarismo y la heteronorma que plantea muchas veces la cultura en la que vivimos implica negar derechos, invisibilizar y desconocer que la identidad de cada quien es única e irrepetible.
En este sentido, la diferencia no debe ser leída como amenaza, sino más bien como valor. Esa diferencia nos hace diversos, y en esa diversidad, la sexual es una más. Al referirnos a la diversidad sexual, lo hacemos entendiendo e incluyendo todas las orientaciones sexuales, entre las que se encuentra la heterosexualidad, todas las identidades y expresiones de género, y toda la diversidad corporal que escape de los patrones binarios varón/mujer.
Las identidades nos definen y hacen únicos. Y esas identidades son sentidas, vividas, expresadas y definidas por cada persona. Nadie define lo que somos. En este sentido, la igualdad que se pretende es la igualdad de trato y ante la ley, respetando la diferencia y unicidad. Porque lo único es lo que hace la diferencia, y la diferencia nos hace iguales.
Palabras Clave: identidades, LGTBIQS, diversidad sexual
* Director General de Políticas Integrales de Diversidad Sexual, Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación
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REFERENCIAS
1. Di Segni S. Sexualidades. Tensiones entre la psiquiatría y los colectivos militantes. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica. 2013.
2. http://www.yogyakartaprinciples.org/introduction-sp/
3. López P, Ferrari F. Apuntes para el trabajo en sexualidad desde los enfoques de género, derechos y diversidad. Montevideo: Gurises Unidos. 2008.