Abordaje psicológico de niños/as y adolescentes Trans. ¿Es necesario?
Psychological approach of Trans children and teenagers. Is it necessary?
Lic. Valeria Pavan*
En el marco de la necesidad de que las leyes lleguen efectivamente a las personas por medio de políticas públicas, marca el sentido que como profesionales, en medio de estas prácticas, pudiéramos estar atravesados por una experiencia trans, y nos invita doblemente a reflexionar sobre la ley 26.743. El llamado a la reflexión está relacionado en que,cuestiones que involucran al otro ya sea en su “ser”, “ser en el mundo” y “ser para el otro”, se vea reflejado con el acatamiento políticamente correcto y respetuoso de la leyes. Son experiencias que desestabilizan los saberes instituidos, los cuestionan y los desbordan, dejándonos en apariencia, en un abismo entre la clasificación y la necesidad de desclasificar.
Sabemos que es mucho el trabajo que queda por hacer, aun cuando los avances fueron significativos, dado que la perspectiva de lo diverso tanto en identidad de género como en la orientación sexual, se ha asimilado solo en forma parcial en las políticas públicas sanitarias, de educación y laborales. Por eso desde la perspectiva de la salud, uno de nuestros objetivos es seguir el debate para romper con el paradigma aun persistente desde la Constitución Nacional y con vigencia en muchos ámbitos públicos y privados, de la expectativa del paciente “blanco, occidental, heterosexual, argentino y de élite.
Hablamos de introducir en el sistema de salud herramientas de reflexión que habiliten la evolución del paradigma del binario dicotómico de hombre y mujer, hacia una perspectiva inclusiva que permita a las personas asumir derechos; es decir, una mirada democrática atenta a todas las experiencias. Por ello debemos pensar que el derecho a la salud resulta al mismo tiempo un derecho individual y un derecho colectivo, la salud de cada uno no puede estar disociada de la salud de la sociedad y por lo tanto es un derecho social.
Garantizar el derecho a la salud no se reduce a garantizar el acceso universal a servicios de salud de calidad, sino que debe partir de la promoción y la prevención de la misma.
El derecho a la salud puede vulnerarse por la desprotección o la exposición a riesgos evitables y también por la dificultad de acceso a información confiable y culturalmente comprensible para tomar decisiones individuales o colectivas.
Se han sancionado leyes específicas que protegen a grupos particularmente vulnerables, que regulan prácticas saludables y democráticas. El cumplimiento de este marco normativo es responsabilidad de todas las instancias del Estado Nacional (Poderes ejecutivo, legislativo y judicial), de los estados sub-nacionales (provincias y municipios) y del Ministerio de Salud de la Nación, teniendo este último la responsabilidad indelegable de la equidad global del sistema.
Por lo tanto es deber del Estado garantizar el derecho a la salud de las personas LGTBIQ (lesbianas,gays,trans,bisexuales, intersexuales, queer) y las mismas deberían estar enunciadas en la Constitución.
Ciertamente, la deficitaria reflexión y formación de algunos de los profesionales de todas las áreas repercuten, directa o indirectamente en la salud física y psicológica de las personas LGTBIQ (lesbianas, gays, trans, bisexuales, intersexuales, queer).
El programa de acompañamiento integral para personas trans, inició su trabajo promovido por la CHA (Comunidad Homosexual Argentina), una organización civil que funciona desde hace 33 años. La CHA tiene desde hace más de quince años un área de salud donde, desde el principio, se contribuyó a estructurar metodologías de intervención innovadoras relacionadas con la atención de las personas LTGBIQ. El programa de acompañamiento promovido por la CHA es llevado a cabo por profesionales de las áreas salud y jurídica. Desde el inicio hemos comprometido la escucha para poder establecer qué tipo de necesidades manifestaban las personas cuando se acercaban a nuestra organización pudiendo así realizar las derivaciones a los ámbitos institucionales correspondientes y de ésta manera facilitar el acceso a la atención. En ese momento la buena voluntad de médicos/as con nombre y apellido era fundamental y de alguna manera hoy a años de la reglamentación del artículo de la ley de identidad de género con incumbencia sobre la salud de las personas trans, lo sigue siendo, dependiendo de las voluntades y discutiendo, cuando no litigando, para que la salud pública, las obras sociales y las prepagas cumplan con la ley.
Si el paso por el sistema de salud tiene algún papel que jugar, este no es el de la evaluación, la administración de hormonas o el desarrollo de las operaciones, sino el de apoyar el proceso de subjetivación de la persona.
En el Área de salud de la CHA recibimos consultas no solo de adultos trans, sino también de niños/ñas y adolescentes acompañados por sus familias. Si bien lo habitual es que las personas comiencen con los intentos de resolver sus cuestiones identitarias en la adolescencia, juventud o adultez, en muchas experiencias, la realidad, es que estas incomodidades preguntas y extrañamientos respecto de “quién soy”, y “que ven los otros de mi” aparecen ya en la más tierna infancia; incluso antes del reconocimiento de la diferencia sexual anatómica, esas preguntas suelen estar presentes de una manera u otra. Esto se confirma con los cientos de testimonios de personas que relatan sus recuerdos y vivencias infantiles, así como también a través de la confirmación de familiares directos, que hemos tenido la oportunidad de entrevistar como parte del acompañamiento a las familias. Estas expresiones infantiles de la vivencia identificatoria muchas veces son interpretadas por los adultos como patológicas, caprichosas, extravagantes o simplemente como una conducta relacionada a lo lúdico.
Por ello cuando nos consulta la primera familia por un niño en el año 2011 y se constituyó la primera experiencia trans en el mundo de una niña reconocida por el Estado sin necesidad de apelar a recursos ante la justicia, ni presentar los famosos psicodiagnósticos según el DSM IV, tal como nos veíamos obligados de redactar antes de la ley de identidad de género, no nos llamó mucho la atención el relato minucioso que hicieron los padres acerca de las expresiones de Luana. Por el contrario, lo que nos llamó la atención era la aparición de esta mamá y este papá que habían podido escuchar a la niña, y aun no entendiendo nada de lo que ella les manifestaba, pasaron por una cantidad de avatares hasta encontrar, ellos también, el lugar donde fueron escuchados.
Hasta ese momento y según los relatos de los/las protagonistas y sus familias, aquellas expresiones de la infancia habían obtenido como respuesta, la represión, por medio de la violencia efectiva, violencia psicológica, microviolencias destinadas a corregir el error de género suscitado. En este sentido comprobamos que en general la primera que excluye, es la familia, siendo en estos casos la medida extrema la exclusión del hogar y esto, en muchísimas experiencias ocurre a los 11,12 y 13 años. La familia pone en marcha el mecanismo de exclusión al que se adhieren el resto de las instituciones sociales, la educación, la salud, la imposibilidad de acceder a un trabajo formal y a una vivienda. Cabe mencionar los crímenes de odio que graciosamente, desde la sanción de la ley, van en aumento año tras año.
En la infancia las expresiones en relación a las inquietudes sobre el género que tienen tanto niños como niñas giran en torno a todo lo que conforma el universo cultural masculino y femenino. En general están vinculados a los colores, los juegos, los juguetes, la ropa, el pelo y todos los aspectos que tienen que ver con la expresión del género.
Más tarde, con el conocimiento de la diferencia sexual anatómica, para algunos niños/ñas trans el único obstáculo en cuanto a la convicción de la vivencia identificatoria es la presencia del genital, al que consideran inapropiado, pero en el futuro y con la llegada de la pubertad, acompañada de la progresiva aparición de los caracteres sexuales secunadarios, es ahí donde marca el inicio del padecimiento de la fuerza de lo real del cuerpo sobre el psiquismo, lo que desencadena una crisis importante.
El emplazamiento de lo biológico sobre la identidad representacional no pone en duda lo que la persona siente ser, sino que, en muchos casos, abre un espacio para un padecimiento superior. Inaugura el territorio de lo horroroso ante el temor de no poder conseguir una adecuación entre lo que el estereotipo social de hombre/mujer le exige y lo que su cuerpo en desarrollo le presenta.
Es necesario dejar en claro que esta breve descripción hace referencia a los testimonios recogidos dentro de nuestro universo de acompañamiento y que de ninguna manera representan los sentimientos y las experiencias de todos y todas los niños/ñas y adolescentes.
No todas las personas toman conciencia durante la infancia de los avatares de su construcción identitaria, de la misma manera que los tiempos y las necesidades del camino de la transición social las traza cada niño/a y adolecente acompañado por sus familias y sus historias particulares.
Cuando pensamos las identidades trans sabemos que no pensamos una identidad en negativo en el inconciente, entre otras cosas, porque el inconciente no se rige por la lógica de la temporalidad, la negación, la exclusión o la disyunción, como en el caso de masculino y femenino, y porque no se es otro sujeto en el inconciente. La clasificación no es del orden del inconciente, es del orden del yo, del orden de la cultura.
Masculino y femenino constituyen una ley de cultura, un modo de ordenamiento determinado donde todas las personas nos inscribimos con los inconvenientes del caso. El enunciado de la identidad de género se posiciona en la entidad nuclear del yo antes aun de que el niño/a conozcan la equivalencia con la diferencia sexual anatómica.
¿Por qué una ley de cultura? Porque el género es una construcción ideológica, una entidad cultural, política y moral.
En este sentido una vez obtenida la reglamentación de las leyes se impone una labor mucho más compleja que tiene que ver con la deconstrucción de las representaciones tradicionales acerca del sexo y del género que plantean a la biología como la marca del destino de cada persona.
Los diferentes dispositivos estructurados por el área de salud de la CHA para los acompañamientos, al contemplar en sus lineamientos básicos la despatologización y la transfobia, solo abordan tratamiento terapéuticos en aquellas experiencias donde los mecanismos de defensa se complejizan en una sintomatología profunda como intentos de suicidio (la tasa es aproximadamente del 40%, incluyendo el suicidio en la adolescencia), ideas de muerte, depresiones profundas, fobias de todo tipo, en mayor número fobia social, somatizaciones, etc.
Despues de muchos años de trabajo podemos afirmar que cuando los recursos psíquicos no son suficientes para defenderse de la respuesta disruptiva que reciben ante la expresión de la necesidad y el deseo de un niño/a y/o adolescente trans, y esto siempre implica violencia efectiva o psicológica y lleva consigo la formación de un síntoma. Cada síntoma sintetiza en su repetición interminable todas aquellas pequeñas muertes a las que fueron sometidas desde la infancia por medio de la incomprensión, el maltrato, el desprecio y la exclusión.
Intentamos intervenir el impacto sufrido no solo por él o la protagonista de la experiencia sino también en el de todas las instituciones sociales frente a realidades de muy alta complejidad cultural y a la creciente necesidad de interiorizarse de las implicancias y modos de abordaje, para una aceptación e inclusión libre de prejuicios, dado que la transición no solo impacta en la persona que la está realizando sino también en su entorno social.
Palabras clave: identidades, género, psicología, personas LGTBIQ, orientación sexual.
* Lic. en Psicología (Universidad de Buenos Aires).
Vicepresidenta y Coordinadora del Área de Salud de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA).
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